Documentación cooperativasDEFINICIÓN
Una cooperativa se trata de una agrupación de personas que comparten básicamente la necesidad de una vivienda y se unen para acceder a ella mediante la autopromoción, en las mejores condiciones de calidad y precio posibles.
La nota característica de una cooperativa es la ausencia de ánimo de lucro mercantil, ya que su finalidad principal es la adquisición de una vivienda a estricto precio de coste.
Pero sobre todo la cooperativa es la empresa participativa por excelencia, hasta tal punto que sin la participación del socio la sociedad se desnaturalizaría.
La Cooperativa de Viviendas comporta la doble condición de sociedad y empresa promotora. El cooperativista, por lo tanto, es socio de la sociedad cooperativa y como tal copropietario de la misma y, por otra parte, es adjudicatario y usuario de una vivienda.
Una vez constituida la Sociedad ante el Notario, los tres socios fundadores de la misma, Presidente, Vicepresidente y Secretario, contratan los servicios de una empresa Gestora que cobrará unos honorarios por la prestación de sus servicios integrales de asesoramiento jurídico, técnico, comercial y financiero. La Gestora no actúa por tanto como empresa promotora, sino que en este sentido, el promotor indirecto de su vivienda es el propio socio que a su vez, se convertirá en adjudicatario de la misma.
Esta doble condición hace que deba asumir los derechos y deberes que implica pertenecer a la cooperativa.
En todo caso, el prestigio, la solvencia y la profesionalidad de la sociedad gestora se convierten en la máxima garantía para el éxito de cualquier promoción. Por esta razón es imprescindible tener en cuenta estos factores a la hora de contratar los servicios de una sociedad de este tipo.